Conoce las enfermedades por las que se otorga la Incapacidad INSS

Incapacidad INSS

La seguridad de cada uno de los trabajadores es importante. Por ello, existen muchas formas de quedar con una Incapacidad INSS, esto gracias a que este organismo está al tanto de las diferentes situaciones que pueden existir como riesgo laboral.

Ahora bien, las enfermedades que pueden incapacitarte van a ir de la mano con los diferentes lugares de trabajo que estén establecidos. No es parecida la enfermedad que pueda adquirir un contable a un albañil, aunque podrían adquirir la misma.

Dentro de este tema existen muchas dudas, hoy estaremos aclarando un poco más este galimatías y ofrecerte la mejor información.

Enfermedades por las que se otorga la Incapacidad INSS

Para comenzar a hablar de este tema, tenemos que definir el INSS como el organismo encargado de la protección social. De hecho, sus siglas significan Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este organismo se encarga de lo siguiente:

  • Deshabilitado temporalmente.
  • Incapacidad permanente.
  • Indemnización económica por lesiones permanentes no invalidantes.
  • Jubilación.
  • Muerte y supervivencia
  • Nacimiento y cuidado de niños.
  • Riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia.
  • Seguro escolar.

La protección del trabajador y la seguridad social en todo lo que este concepto lo engloba, es el trabajo diario de este instituto.

Para entender un poco más sobre este mundo, debemos entender que estamos hablando de enfermedades, no de accidentes laborales. Por ejemplo, dentro de las enfermedades que pueden darte Incapacidad INSS tenemos:

  • Traumatismo Craneoencefálico
  • Trastorno Obsesivo Compulsivo (TOC)
  • Trastorno Límite de Personalidad
  • Trastorno Estrés Postraumático
  • Trastorno bipolar
  • Trasplante de riñón.
  • Síndrome Postpolio
  • Síndrome de Wolf-Parkinson-White
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Lambert-Eaton
  • Síndrome de cola de caballo
  • Síndrome de Burnout
  • Síndrome de Arnold Chiari
  • Obesidad Morbida
  • Lupus Eritematoso Sistémico
  • Lumbalgia
  • Ludopatía
  • Fibromialgia
  • Fibrilación Auricular
  • Fatiga Crónica
  • EPOC
  • Epilepsia
  • Enfisema Pulmonar
  • Enfermedad de Perthes
  • Enfermedad de Crohn
  • Enfermedad de Behcet
  • Desprendimiento de retina
  • Dermatitis
  • Depresión
  • Demencia
  • Charcot-Marie-Tooth
  • Cardiopatías
  • Cáncer de pulmón
  • Cáncer de mama
  • Apnea del Sueño (SAOS)
  • Caderas
  • Ansiedad
  • Aneurisma
  • Alzheimer
  • Alcoholismo
  • Agorafobia

Estas son solo una parte de las enfermedades que puede generar la Incapacidad INSS, algunas bastante claras y otras inclusive sorprendente, como la ludopatía o la obesidad mordida.

¿Cuáles son los tipos de incapacidades que existen?

Ahora bien, ya sabemos algunas de las enfermedades por las que una persona puede obtener una Incapacidad INSS. Sin embargo, existen diferentes tipos de incapacidad, entre las cuales tenemos:

Incapacidad temporal

Como su nombre lo dice, esta incapacidad es temporal, de hecho, la misma tiene un máximo de 12 meses con extensión de 6 meses más. Este tipo de incapacidad puede darse por diferentes razones como lo son:

  • Enfermedad laboral
  • Enfermedad fuera de lo laboral
  • Accidentes laborales y no laborales

Para que esta incapacidad funcione, debe existir la perdida de las funciones básicas del trabajador para desempeñarse correctamente, por lo cual, quedará subsidiado con un 75% de su sueldo el tiempo que dure la incapacidad temporal.

Incapacidad permanente

Como su nombre lo dice, en este tipo de incapacidad, la persona queda totalmente inhabilitada para ejercer sus labores. Sin embargo, dentro de esta existe algunos grados distintos de afectación, estos son:

  • Absoluta: Cuando sucede este tipo de incapacidad permanente, la persona no podrá ejercer sus labores ni tampoco podrá ejercer ninguna otra.
  • Total: En este caso, la incapacidad se da de las labores actuales, sin embargo, el mismo puede quedar con la oportunidad de laborar en otro lugar o incluso otra profesión u oficio.
  • Parcial: En este caso, quedará disminuida un 33% la capacidad de realizar sus labores cotidianas.

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